Teléfono 985 145 649

Localización

info@montajeselectricosfase.com

Teléfono 985  145  649

info@montajeselectricosfase.com

LOCALIZACIÓN

Subvenciones para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión.

El BOPA de hoy publica el extracto de la Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se convocan subvenciones para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias para el ejercicio 2023.

A continuación se muestra un resumen de sus características más relevantes:

Objeto: financiar la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión que hayan sido ejecutadas y puestas en servicio con anterioridad al 18 de septiembre de 2003, y que no hayan sido modificadas con posterioridad a esa fecha, en el interior de edificios de viviendas, situadas dentro del territorio del Principado de Asturias.

Para que las instalaciones resulten subvencionables es necesario que cumplan el vigente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 agosto, y demás normativa aplicable, y que hayan sido ejecutadas entre el 1 de enero de 2023 y el 27 de octubre de 2023 (ambos incluidos).

Beneficiarios: toda persona física o entidad sin ánimo de lucro, con o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios.

Actuaciones subvencionables:

  • Línea 1. Instalación eléctrica interior de la vivienda.
  • Línea 2. Centralización de Contadores, Línea General de Alimentación y Caja General de Protección (y opcionalmente Derivaciones Individuales).
  • Línea 3. Instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio.
  • Línea 4. Instalación eléctrica interior del garaje.

Las instalaciones a subvencionar deberán ser ejecutadas por empresas instaladoras habilitadas en baja tensión conforme a la indicado en la ITC-BT-03 del vigente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

Al finalizar las actuaciones subvencionables el instalador emitirá el correspondiente certificado de instalación de acuerdo a modelo normalizado, según lo previsto en la ITC-BT-04 del vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y procederá a realizar los oportunos trámites para su registro ante la Consejería de Industria , Empleo y Promoción Económica.

Cuantía:

  • Línea 1. Instalación eléctrica interior de la vivienda. La cuantía de la subvención, excluido el IVA,  será:
    • hasta el 50% del gasto subvencionable para consumidores no vulnerables.
    • hasta el 75% del gasto subvencionable para consumidores vulnerables
    • hasta el 100% del gasto subvencionable para consumidores vulnerables severos.

Con el límite máximo por vivienda de 1000 € para consumidores no vulnerables, 1.500 € para consumidores vulnerables y 2.000 € para consumidores vulnerables severos.

  • Línea 2. Centralización de Contadores, Línea General de Alimentación y Caja General de Protección (y opcionalmente Derivaciones Individuales).
    • Opción 1: Centralización de Contadores, Línea General de Alimentación y Caja General de Protección: la cuantía máxima de la subvención será hasta el 50 % del gasto subvencionable (excluido el IVA), con el límite máximo de 100 € por abonado.
    • Opción 2: Renovación de las Derivaciones Individuales de todos los suministros: la cuantía máxima de la subvención será hasta el 50 % del gasto subvencionable (excluido el IVA), con el límite máximo de 100 € por abonado.
    • Opción 3: Centralización de contadores, Línea General de Alimentación, Caja General de Protección y Renovación de las Derivaciones Individuales de todos los suministros. La cuantía máxima de la subvención será hasta el 50 % del gasto subvencionable (excluido el IVA), con el límite máximo de 300 € por abonado. En el caso de que no se renueven todas las derivaciones individuales el límite máximo por abonado será el correspondiente a la opción 1.
  • Línea 3.—Instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio. La cuantía de la subvención será hasta el 50% del gasto subvencionable (excluido el IVA), con el límite máximo de 80 € por abonado.
  • Línea 4.—Instalación eléctrica interior del garaje. La cuantía de la subvención será hasta el 50% del gasto subvencionable (excluido el IVA), con el límite máximo de 100 € por plaza.

Plazo: desde mañana 17 de mayo hasta el próximo 16 de junio de 2023.